Así lo propuso en una indicación que presentó a la reforma constitucional en materia de gobierno y administración regional. La iniciativa recibió otras 29 indicaciones de senadores y del Ejecutivo. Constituir Consejos Regionales integrados por los intendentes, los senadores y diputados, además de los alcaldes de las diversas comunas de las respectivas regiones, es la propuesta que hizo el senador Pablo Longueira en el marco del debate de la reforma constitucional en materia de gobierno y administración regional, que está cumpliendo su segundo trámite en el Senado.
Hoy venció el plazo para presentar indicaciones a esa iniciativa y además de las dos que hizo llegar el senador Longueira, el proyecto recibió otras 29 indicaciones. Tres son del Ejecutivo, 11 del senador Guillermo Vásquez, 2 del senador Jaime Orpis y 12 de los integrantes de la Comisión de Gobierno, instancia donde está radicada la iniciativa.
Cabe recordar que el proyecto que busca establecer la elección directa de los Consejeros Regionales (cores), también pretende descentralizar la administración, para lo cual señala que la ley orgánica constitucional respectiva será la encargada de determinar la forma y el modo en que el Presidente de la República podrá transferir a uno o más gobiernos regionales, en carácter temporal o definitivo, una o más competencias de los ministerios y servicios públicos.
En lo fundamental la indicación presentada por el senador Longueira propone una composición distinta del Consejo regional, señalando que sus integrantes permanecerán en ese cargo durante sus respectivas investiduras. Además desarrollarán sus funciones ad honores.
El legislador también propuso una norma que señala que los cargos de gobernador, consejero regional y concejal serán incompatibles entre sí.
ELECCIONES CONJUNTAS
En tanto, el senador Vásquez planteó que la elección de los cores se realice en conjunto con la de alcaldes y concejales, e incorporó una norma que señala que el cargo de consejero regional será incompatible con el de alcalde, concejal y cualquier otro regido por el estatuto administrativo de los funcionarios municipales. Además, propone que la función de core sea incompatible con cualquier cargo retribuido o remunerado con fondos del Estado.
En lo que respecta a las atribuciones de las regiones, el senador Vásquez presentó una indicación para garantizar que cualquier traspaso de competencias desde la administración central a los gobiernos regionales, venga acompañada de los recursos necesarios.
Asimismo, propuso que un mínimo del 30% del presupuesto general de la nación sea destinado a los gobiernos regionales en la siguiente proporción: dos tercios de manera proporcional al número de habitantes de cada región y el tercio restante destinado a mejorar a aquellas seis regiones que ostente un porcentaje más alto de la población en situación de riesgo social.
En una línea similar, el senador Orpis presentó una indicación que señala que las transferencias de competencias, deberán realizarse conjuntamente con la transferencia de recursos humanos y financieros, evitando así la duplicidad de funcionarios, funciones y recursos entre distintos organismos.
En tanto, las indicaciones presentadas por los integrantes de la Comisión de Gobierno -senadores Ricardo Núñez, Hosaín Sabag, Víctor Pérez, Jaime Orpis y Carlos Bianchi- contienen precisiones acerca de las circunscripciones senatoriales, una remisión a la ley orgánica constitucional para regular las elecciones de esos cargos y la supresión de la referencia a la numeración de las regiones, en la idea de singularizarlas sólo con su nombre propio.
Además se refieren al nuevo rol que se reconoce a los consejeros regionales y a las transferencias de competencias desde el nivel central a los gobiernos regionales, así como los convenios de programación que podrán suscribir.
En lo fundamental, señalan que el Consejo Regional estará integrado por consejeros elegidos en votación directa, durarán cuatro años en el cargo y podrán ser reelegidos.
Una indicación similar presentó el Ejecutivo, pero agregó que los cores puedan renunciar a su cargo cuando les afecte una enfermedad grave que les impida desempeñarlo y así lo califique el Tribunal Constitucional. |